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Resolución SGIyE de 29 de julio de 2013 publica la relación de entidades propuestas para cubrir las vocalías del FISI en representación de las organizaciones sindicales.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Resoluciones
Fecha:
29/07/2013
Comentario:
Resolución de 29 de julio de 2013, de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, por la que se publica la relación de entidades propuestas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de las organizaciones sindicales.
- El Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la integración social de los inmigrantes, modificado por el Real Decreto 1164/2009, de 10 de julio, establece en su artículo 4 la composición de dicho órgano colegiado. De acuerdo con dicho precepto, además de los vocales representando a las Administraciones públicas y de los vocales representando a los inmigrantes y refugiados, a través de sus asociaciones legalmente constituidas, formarán parte del mismo diez vocales en representación de las organizaciones sociales de apoyo, entre ellas las organizaciones sindicales y empresariales, con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.
- La Orden ESS/863/2013, de 10 de mayo, por la que, en ejecución de Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de noviembre de 2012, se desarrolla y convoca el proceso selectivo para la designación de vocales del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes que representen a las organizaciones sindicales, dispone en su artículo 6.2 que la valoración final dará lugar a una relación ordenada de organizaciones sindicales. Igualmente dispone que serán propuestas para cubrir las vocalías del Foro, las que figuren en los dos primeros puestos, permaneciendo las restantes como reservas para cubrir vocalías en los casos previstos en el artículo 11.3.b) y c) del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero. Dichas relaciones prevalecerán durante el periodo de mandato del Foro.
- Por su parte, el artículo 7 de la citada Orden ESS/863/2013, establece, como trámite previo de información, que la relación de organizaciones sindicales propuestas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, así como de las excluidas y el motivo de su exclusión, se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, para que aquéllas comuniquen su aceptación, así como para la formulación, en su caso, de alegaciones ante la Secretaría General de Inmigración y Emigración en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de su publicación.
- Cumplidos los preceptivos trámites de ordenación e instrucción del procedimiento y formulada la oportuna propuesta de resolución, esta Secretaría General, en uso de las atribuciones que le confiere la citada Orden ESS/863/2013, resuelve:
Primero. Relación ordenada de organizaciones sindicales propuestas y en reserva. Disponer la publicación como anexo a la presente resolución de la relación ordenada de las organizaciones sindicales propuestas para cubrir las vocalías del Foro, de entre todas las que ha participado en la convocatoria ya que no se ha excluido ninguna de las solicitudes presentadas. Las dos primeras entidades de dicha relación cubrirán las vocalías y las restantes permanecerán como reservas para cubrir vocalías en los casos previstos en el artículo 11.3 b) y c) del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero.
Segundo. Plazo para la presentación de alegaciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden ESS/863/2013, el plazo para la presentación de alegaciones a la relación ordenada de organizaciones sindicales, ante la Secretaría General de Inmigración y Emigración, será de diez días contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
ANEXO. Relación ordenada de organizaciones sindicales propuestas para formar parte del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes: Organizaciones sindicales:
- Unión General de Trabajadores (UGT).
- Comisiones Obreras (CCOO).
Reservas a efectos de cubrir vocalías en los casos previstos en el artículo 11.3.b) y c) del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero.
- Unión Sindical Obrera (USO).
- Texto completo (pdf).
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